Divorcio Unilateral Valparaiso
A continuación podrás ver los requisitos para interponer un divorcio unilateral
1.- Deben haber transcurrido 3 años de cese de la convivencia: Si no ha transcurrido el lapso de estos tres años usted no podrá divorciarse). El Cese de la Convivencia no implica que los cónyuges dejen de vivir bajo un mismo techo. Puede cesar la convivencia aun cuando los cónyuges continúen viviendo bajo el mismo techo, pues “la convivencia” matrimonial es una convivencia que debe tener una intención, como mantener una comunidad de vida, un objetivo o un proyecto de vida en común.
2.-Que esos 3 años de cese de la convivencia sean ininterrumpidos: En este sentido nuestra legislación es bastante clara pues en el mismo artículo 55 incisos final “La reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, interrumpe el cómputo de los plazos a que se refiere este artículo”
3.-Que el cónyuge demandante del divorcio cumpla con los alimentos para sus hijos o cónyuge: El juez podrá denegar la demanda de divorcio cuando el incumplimiento de pagar alimentos sea reiterado por parte del cónyuge demandante . Para configurarse la causal que autoriza al juez a rechazar la demanda, los alimentos debieron haberse establecido o aprobado por sentencia judicial .
4.- ¿Dónde debo demandar el divorcio unilateral?
La demanda de divorcio unilateral debe presentarse en el lugar que corresponde al domicilio del demandado.
5.- ¿En qué consiste el procedimiento de divorcio unilateral?
1.- Usted se comunica con nosotros y nos indica su deseo de divorciarse: En base a los antecedentes que nos entregue haremos un estudio de factibilidad de su divorcio.
2.- Elaboraremos y presentaremos la demanda de divorcio: Para este efecto le solicitaremos algunos documentos o si lo prefiere los requeriremos nosotros ante los organismos correspondientes (certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos de filiación matrimonial, en principio).
3.- Primera audiencia o audiencia preparatoria: Ingresada la demanda el tribunal fijará una fecha de audiencia preparatoria. En la audiencia preparatoria el juez fijará los hechos a probar: existencia del vínculo matrimonial y efectividad del cese de convivencia. Si se demandó compensación económica también se fijará como puntos a probar la capacidad económica de las partes, menoscabo económico sufrido por el cónyuge que demanda la compensación y si efectivamente no trabajo o dejo de trabajar por estar dedicado al cuidado de los hijos.
4.- Audiencia de Juicio.
5.- Sentencia que declara el divorcio o lo rechaza: Si en la audiencia de juicio se acreditan los requisitos de procedencia el juez al sentenciar decretará el divorcio.
Los documentos que necesitaremos para su divorcio variarán según el caso concreto, no obstante generalmente se requerirá:
Certificado de matrimonio. (se puede obtener en el registro civil o en su página web)
Certificado de nacimiento de los hijos. (se puede obtener en el registro civil o en su página web)
Acta de matrimonio.
Antecedentes del domicilio del cónyuge, si se tiene.