Cambio de Nombre o Apellido en Chile: Guía Completa

En Abogaley, con más de 30 años de experiencia y un historial impecable de resultados positivos, te invitamos a explorar nuestro completo manual sobre el cambio de nombre y apellido en Chile. Entendemos que este proceso puede ser intimidante y queremos que sepas que estamos aquí para ayudarte a navegar por cada paso del camino.

Permítenos acompañarte en esta travesía de transformación personal, ya sea un cambio de nombre o un cambio de apellido, estamos aquí para facilitarte el camino. Nuestra guía completa, respaldada por décadas de experiencia y éxito, te proporcionará las herramientas y el conocimiento que necesitas para emprender este viaje con confianza. Te invitamos a descubrir cómo Abogaley puede ayudarte a hacer realidad tu nueva identidad. Empieza hoy mismo a escribir el próximo capítulo de tu historia con nosotros.

Proceso de Cambio de Nombre o Apellido en Chile

En cada capítulo de nuestra vida, llevamos con nosotros un nombre, un apellido, una identidad que, a menudo, se siente tan incrustada en nuestro ser como nuestra propia piel. Pero, ¿y si pudieras cambiarlo? ¿Y si pudieras elegir un nombre o apellido que resuene más profundamente con quien realmente eres? En Chile, esto es más que una mera fantasía. Aquí, no importa cuáles sean tus razones personales para querer reinventarte; tenemos tres vías disponibles que permiten la transformación de tu nombre o apellido, abriendo un nuevo capítulo de autenticidad y libertad personal.

Imagina por un momento la emoción de ver tu nuevo nombre en un documento oficial por primera vez, un nombre que te representa mejor, que se siente más tuyo. O tal vez estés buscando corregir un error tipográfico en tu nombre que ha sido una molestia desde hace mucho tiempo. En ambos casos, la vía administrativa te ofrece soluciones. Ahora, si deseas hacer algo un poco más profundo, como cambiar tu primer apellido por el materno, o incluso cambiar tu nombre por completo, la vía judicial está a tu disposición. De cualquier forma, te ofrecemos un camino que rectifica tu partida de nacimiento, brindándote una nueva oportunidad para redefinir quién eres a tus propios ojos y a los del mundo. Estás a solo un paso de abrir un nuevo capítulo en tu vida, uno que te permite ser realmente tú.

El Procedimiento Judicial de la Modificación del Nombre

En Abogaley, nos encontramos con muchos clientes que vienen a nosotros después de experiencias desalentadoras con otros estudios jurídicos. A menudo, estos clientes nos cuentan historias de servicios inacabados y negligencia que les han dejado frustrados y sin resolver.  Comprendemos profundamente estas experiencias y queremos asegurarte que en nuestro bufete, valoramos la integridad y el compromiso por encima de todo.

Para cambiar tu nombre o apellido, es vital tener a tu lado un abogado competente y comprometido. En Abogaley, nuestro equipo de profesionales experimentados manejará la presentación de tu solicitud ante el juzgado correspondiente a tu domicilio.

Nos encargaremos de todos los trámites del proceso, el cual tiene 5 etapas,  primero la contratación del servicio, redacción y presentación de la demanda,  luego la información sumaria de testigos,  esperar el informe del Registro Civil y realizar  las publicaciones en el Diario Oficial.

Tras el cumplimiento de estos pasos y de los requisitos previamente mencionados, trabajaremos incansablemente para asegurar que tu cambio de nombre o apellido sea ordenado en tu certificado o inscripción de nacimiento. En Abogaley, nos enorgullece no solo nuestra experiencia, sino también nuestro compromiso de brindar un servicio completo y de alta calidad a todos nuestros clientes.

Implicaciones de la Modificación del Nombre

Modificar tu nombre o apellido puede tener una serie de implicaciones legales y personales, te entregaremos una sentencia que deberás llevar al Registro Civil para la subinscripción de la misma, además deberas llevar a los bancos, instituciones públicas y privadas, universidad, etc.

Preguntas Comunes de Nuestros Clientes

En Chile, si estás considerando modificar tu identidad legal, en términos de nombre o apellido, hay tres vías disponibles. Se pueden corregir errores tipográficos o realizar cambios de apellido de paterno a materno a través de la vía administrativa. Por otro lado, un juicio puede ser instaurado para rectificar tu acta de nacimiento y alterar tu nombre. Aquí se describen detalladamente los tres procedimientos que permiten cambiar la identificación personal en Chile, con base en la Ley 17.344, sus modalidades y todos los prerrequisitos necesarios para ello.

1.¿Es legal la modificación del nombre y apellido en Chile?

¡Descubre la posibilidad de reinventarte en Chile! Gracias a la Ley 17.344, tú puedes elegir cómo ser llamado, rediseñando tu identidad a tu gusto. Esta normativa respalda tu derecho a modificar tu nombre o apellido, abriendo las puertas a un universo de nuevas posibilidades.

¡Es el momento de adoptar el nombre o apellido que siempre has deseado! Gracias a este proceso, denominado “rectificación de la partida de nacimiento”, puedes tomar las riendas de tu identidad y hacer el cambio que mejor resuene contigo. Ya sea que quieras modificar tu nombre, apellido o ambos, con la Ley 17.344, tienes la libertad de transformar cómo el mundo te conoce. ¡Tu nueva identidad te está esperando!

1.1. ¿Cuál es la diferencia entre modificar el nombre y cambiar el apellido?

¡Empodérate y haz que tu identidad brille en Chile! No importa si deseas modificar tu nombre o tu apellido, el proceso es accesible y directo, permitiéndote optar por una vía administrativa o judicial, siempre con la orientación de un experto legal.

Al dar este paso significativo, cada momento que vives a partir de entonces estará impregnado de tu nuevo nombre o apellido, convirtiéndolo en parte integral de tu ser. Pero no te preocupes, el cambio es solo de nombre, no de identidad. Tú sigues siendo tú. Tu RUT, estado civil, patrimonio, nacionalidad, todos permanecen intactos.

¿Y qué hay de tu legado? Al modificar tu apellido, estás abriendo la puerta para que tus descendientes, que están bajo tu cuidado personal, puedan también adoptarlo, siempre y cuando estén de acuerdo. Y si tienes hijos adultos, su consentimiento es esencial para llevar a cabo el cambio. De no ser así, seguirán portando el apellido original.

Recuerda, este es un cambio importante. Una vez que hayas adoptado tu nuevo nombre o apellido, es crucial que lo notifiques a las entidades correspondientes, como bancos y servicios de impuestos internos, para actualizar tus registros. ¡Embarcáte en este emocionante viaje de autoexpresión y haz que tu nuevo nombre o apellido resuene en cada rincón de tu vida!

1.2. Alteración del nombre y/o apellido  por medio de la administración y la justicia

¡Abraza el poder de la transformación personal en Chile! Tu camino hacia el cambio de nombre o apellido se abre de acuerdo a tus motivos únicos y personales. ¡Estamos aquí para ayudarte a recorrer ese camino!

La vía administrativa es tu opción si los errores u omisiones en tu partida de nacimiento necesitan ser corregidos. Solo debes visitar el Registro Civil más cercano, explicar tus motivos para la rectificación y presentar tus documentos relevantes. Asegúrate de llevar la partida de nacimiento de tus padres. Y luego, si todo está en orden, prepárate para dar la bienvenida a tu nuevo nombre o apellido en aproximadamente 45 días hábiles. Puedes encontrar más detalles en el artículo 17 de la Ley Nº 4808, sobre Registro Civil.

Pero, si cumples con uno de los requisitos de la Ley 17.344, el camino judicial es el tuyo. Necesitarás la orientación de un abogado para presentar la solicitud al tribunal de justicia correspondiente. Aquí, el juez tendrá la última palabra sobre la factibilidad de tu cambio de nombre o apellido.

Y, ¿qué sucede cuando se trata de un reconocimiento de paternidad? Bueno, ese es un proceso completamente diferente. Aunque sigue siendo judicial, la ley de cambio de nombre y apellido no aplica aquí. En su lugar, debes dirigirte a los tribunales de familia y presentar una demanda por reclamación de paternidad.

Además, en un avance emocionante, una nueva ley te permite modificar el orden de tus apellidos. Ahora puedes hacer que el apellido materno preceda al paterno, y puedes solicitar este cambio en las oficinas del Registro Civil de Identificación. ¡Explora las diversas opciones disponibles y toma la decisión que mejor te convenga! ¡Estás a un paso de descubrir una nueva versión de ti mismo!

2.Condiciones  para la alteración del nombre o apellido

Según la Ley 17.344, hay cuatro razones convincentes que te permiten redefinir tu identidad:

  1. ¿Tienes un nombre o apellido que te hace sentir incómodo, que causa risa o que te perjudica moral o materialmente? ¡No te preocupes! Estás en tu derecho de cambiarlo.
  2. Si has sido reconocido durante al menos cinco años por nombres o apellidos diferentes a los tuyos, por motivos plausibles, ¡este es tu momento para hacer el cambio oficial!
  3. Si solo tienes un apellido, o ambos son iguales, y no hay un vínculo matrimonial entre tus padres o este no se puede determinar, la Ley 17.344 te respalda en tu decisión de cambiar tu nombre o apellido.
  4. ¿Tus nombres o apellidos no son de origen español? La ley autoriza a traducirlos o cambiarlos.

Además, si tu nombre o apellido han sido mal escritos en tu acta de nacimiento debido a un error tipográfico, puedes corregirlo mediante un proceso administrativo.

Pero eso no es todo, en 2021, ¡se introdujo una novedad emocionante! Ahora puedes modificar el orden de tus apellidos, intercambiando el paterno por el materno. Tanto los padres como los adultos pueden llevar a cabo este procedimiento de manera gratuita en el Registro Civil.

¡Así que, hazte cargo de tu identidad! Con la Ley 17.344, tienes el poder de elegir cómo te presentas al mundo. ¡Elige un nombre o apellido que te represente de verdad!

2.1. ¿Qué tipo de evidencia se puede presentar?

¡Abraza tu autenticidad en Chile con una identidad que refleje tu verdadero yo! Cuando se trata de cambiar tu nombre y/o apellido, tenemos una variedad de métodos de prueba para adaptarnos a tus circunstancias individuales.

A veces, puede que no tengas documentos para validar tu identidad. En estos casos, permitimos el uso de testigos para confirmar tu identidad. Imagina, si has sido conocido por un nombre y/o apellido durante más de 5 años, tus testigos podrán corroborar tu identidad, incluso si no tienes los documentos para demostrarlo. Sin embargo, ten en cuenta que los familiares directos no cuentan como testigos. En estos casos, tus amigos, vecinos o cualquier otra persona que no sea un familiar directo puede testificar en tu nombre.

Importante destacar que necesitarás al menos 4 testigos y que sus declaraciones se emitirán en la oficina del receptor.

Cuando decidas embarcarte en este viaje transformador de cambio de nombre o apellido, asegúrate de tener tu certificado de nacimiento y de matrimonio (si corresponde) listo. ¡Es tu momento de afirmar tu identidad y permitir que tu verdadero nombre resuene en todo Chile!

3.El procedimiento judicial de la modificación del nombre

¡Prepárate para embarcarte en un emocionante viaje de transformación en Chile! Cambiar tu nombre o apellido a través del proceso judicial puede parecer desalentador, pero con la orientación correcta y un poco de preparación, este camino puede ser una experiencia poderosa y afirmativa. Es más que un cambio de nombre; es una oportunidad para que tu verdadero yo brille.

Cada paso del proceso es crucial y requerirá tu total atención. No te preocupes, estamos aquí para guiarte a través de él. Ya sea que necesites documentos específicos o alguna otra prueba, podemos ayudarte a tener todo listo.

Ahora, te invitamos a adentrarte en el fascinante mundo del cambio de nombre o apellido. Revisa a continuación cada una de las etapas de este proceso. ¡Recuerda, estás a un paso de permitir que tu auténtica identidad resuene en cada rincón de Chile!

3.1. Guía detallada para solicitar la modificación del nombre

Para iniciar el proceso de modificación de nombre o apellido, necesitarás un abogadoque formalice la petición ante el tribunal de primera instancia correspondiente a tu lugar de residencia.

El procedimiento incluye 4 pasos:

1. Introducción de la petición de modificación de nombre o apellido
2. Presentación de pruebas testimoniales
3. Recepción Oficio del Registro Civil
4. Publicaciones en el Diario Oficial

Después de haber cumplido con todo lo anterior y los requisitos previamente mencionados, se llevará a cabo la alteración en el certificado o inscripción de nacimiento.

3.2. ¿Es imprescindible contratar los servicios de un abogado?

¡Absolutamente! Al optar por la vía judicial, es esencial contar con la guía de un experto legal. Pero no te preocupes, tienes opciones para elegir la que más te convenga:

1. Puedes contratar a un abogado privado que se encargará de tu caso con dedicación y conocimientos especializados.
2. O puedes optar por la asesoría de la corporación de asistencia judicial de tu comuna. Ellos se encargarán de realizar los trámites ante el tribunal de primera instancia correspondiente a tu domicilio.

¡Así que, no estás solo en este emocionante viaje! Tienes a tu disposición expertos legales para guiarte en cada paso del camino.

3.3. ¿Cuánto tiempo dura este procedimiento?

¡Descubre una nueva versión de ti mismo en Chile sin tener que esperar una eternidad! El tiempo que toma el proceso de cambio de nombre o apellido puede variar, pero generalmente, es más rápido de lo que piensas. Dependiendo del tribunal en el que se realiza el cambio, puedes esperar que tu nueva identidad sea oficial en un tiempo promedio de solo 3 a 6 meses. ¡Tu viaje transformador hacia el cambio está a solo unos meses de distancia!

3.4. ¿Qué costos están asociados a este procedimiento?

¡Da un paso audaz hacia tu nueva identidad sin romper el banco! El proceso judicial de cambio de nombre en Chile implica tres gastos clave que puedes gestionar eficientemente:

1. Los honorarios de tu abogado: elige un abogado que se ajuste a tu presupuesto sin comprometer la calidad de su trabajo.
2. El costo de los documentos necesarios: esto dependerá de la causa de tu solicitud de cambio de nombre o apellido.
3. Los honorarios del receptor judicial: Este es el profesional que se encarga de tomar la prueba testimonial. El costo de esta prueba varía entre $45.000 y $80.000 por testigo, pero se paga directamente al receptor judicial, no a nuestro estudio jurídico. Necesitarás al menos 2 testigos.

En nuestro estudio jurídico, nos enorgullece ofrecer servicios de la más alta calidad a precios competitivos, asegurando una gestión rápida y eficiente. ¡Estamos listos para acompañarte en este emocionante viaje de transformación personal!

3.5. ¿Bajo qué circunstancias puede el tribunal denegar mi petición de modificación del nombre o apellido?

Aquí te presentamos los motivos comunes por los cuales un juez podría negar tu solicitud:

  1. ¿Tu solicitud de cambio de nombre o apellido no está respaldada por una de las causales estipuladas en la Ley 17.344? ¡No te preocupes! Nosotros te ayudamos a comprender y cumplir con los criterios legales.
  2. Si no dispones de pruebas suficientes que avalen la causal que invocas para el cambio de nombre o apellido, podemos ayudarte a recopilar la documentación necesaria.
  3. En caso de que te encuentres en proceso legal o hayas sido condenado por un crimen o un delito que merezca pena aflictiva, el cambio será posible siempre y cuando hayas cumplido la pena y hayan transcurrido más de diez años desde la ejecución de la sentencia.

Tu cambio de identidad puede estar a solo un paso, ¡no dejes que estos obstáculos te frenen! Con el equipo adecuado a tu lado, puedes superar estos desafíos y abrir la puerta a una nueva identidad que refleje verdaderamente quién eres.

4.Implicaciones de la modificación del nombre o apellido

¡Embárcate en el emocionante viaje de la transformación personal al cambiar tu nombre o apellido en Chile! Este no es solo un cambio en el papel, sino un cambio significativo que puede tener un impacto profundo en tu vida.

Esto implicará una renovación total de tu documentación y registros en diversas instituciones. Pero no te preocupes, estamos aquí para facilitarte el camino y asegurarnos de que no encuentres problemas en el futuro.

Además, considera el efecto dominó de tu decisión: ¡el cambio puede incluso modificar ciertos aspectos en la vida de tus herederos! Te proporcionamos todas las claves para entender las consecuencias de este cambio y te acompañamos a través de cada paso.

Recuerda, este cambio es más que solo palabras en el papel; es una reinvención de ti mismo. ¡Estás a solo unos pasos de abrazar tu verdadero yo!

4.1. ¿Puedo modificar mi nombre de nuevo?

No, la modificación del nombre o apellido es una acción que sólo puede ser efectuada una sola vez en la vida.

Es fundamental comprender que el reajuste de nombre es un procedimiento que se puede efectuar únicamente una vez. De acuerdo con esto, aquí algunas interrogantes comunes:

¿Qué sucede si sólo altero mi apellido? ¿Podré posteriormente modificar mi nombre?
La legislación en Chile comprende los nombres y apellidos como un conjunto. Por consiguiente, si modificas tu apellido, no podrás alterar tu nombre en el futuro.

¿Si ajusto mi primer apellido, podré posteriormente ajustar mi segundo apellido?
No. Los nombres y apellidos se interpretan como un único elemento. Al efectuar el cambio en sólo uno de ellos, ya agotaste tu oportunidad de cambiar tu nombre o apellido.

¿Puedo modificar mis dos nombres y mis dos apellidos?
Si cumples con las condiciones de la ley para el cambio de nombre o apellido, sí. Podrás modificar tus dos nombres y tus dos apellidos. Para esto, tendrás que requerir el cambio de todo en un solo requerimiento.

4.2. ¿Se altera mi RUT si modifico mi nombre o apellido?

No. Al ajustar el nombre y/o apellido, el individuo mantiene el RUT y todas sus características. En términos legales, continúa siendo el mismo sujeto con los mismos progenitores e hijos.

En relación con lo anterior, las consecuencias de la modificación de nombre o apellido requerirán que el solicitante utilice su nuevo nombre o apellido en todos sus procedimientos futuros.

4.3. ¿El apellido de mis hijos también se modifica?

No. Al ajustar el nombre y/o apellido, el individuo mantiene el RUT y todas sus características. En términos legales, continúa siendo el mismo sujeto con los mismos progenitores e hijos.

En relación con lo anterior, las consecuencias de la modificación de nombre o apellido requerirán que el solicitante utilice su nuevo nombre o apellido en todos sus procedimientos futuros.

4.4. ¿Se ve afectado el régimen de pensión alimenticia?

Los derechos y responsabilidades entre progenitor e hijo no se modifican o eliminan debido al ajuste de nombre o apellido. Esto implica que el derecho a la manutención de un hijo menor de edad, aunque ya no porte el apellido de su padre biológico, es un derecho que persiste.

4.5. ¿Mis hijos tendrán dificultades para heredar?

No, el ajuste de nombre o apellido no modifica la ascendencia. Esto implica que el ajuste de nombre o apellido no influye en el vínculo de consanguinidad entre padres e hijos. Si el hijo adulto decide no adoptar el nuevo apellido del padre o madre, preservará de igual manera sus derechos de sucesión.

4.6. ¿Qué ocurre con mis títulos, cuentas bancarias y demás?

Las credenciales, cuentas financieras, propiedades y similares permanecen inalterados después del ajuste de nombre o apellido. De esta manera, el ajuste de nombre o apellido no modifica el estado original de las posesiones.

Posterior al ajuste, es vital informar a todas las entidades relevantes acerca del cambio para que puedan actualizar sus registros. Por lo tanto, te aconsejo acercarte a las instituciones bancarias, conservador de bienes raíces, servicio de impuestos internos, la policía de investigaciones, isapre y otros para que implementen el ajuste.

La actualización de las entidades no es automática, sino más bien, es una tarea que el solicitante deberá llevar a cabo una vez concluido el juicio.

4.7. ¿Se modifica el acta de mi matrimonio?

Efectivamente, es crucial que el acta de matrimonio sea actualizada. Para lograr esto, el letrado a cargo deberá requerir dicho ajuste en la misma petición de cambio de nombre.

5.Alterar el orden de los apellidos

La legislación renovada que permite la alteración del orden de los apellidos estipula que los primeros apellidos del padre y la madre se heredarán a sus hijos e hijas de acuerdo al consenso al que lleguen los progenitores. Así, durante el registro del primer hijo o hija en común, los padres determinarán la secuencia de los apellidos, la cual deberá ser respetada y conservada para todos los futuros descendientes en común.

Además de esto, la norma también permite a los individuos mayores de 18 años la opción de modificar la secuencia de sus propios apellidos.

5.1. ¿Qué menciona la legislación respecto a la alteración en el orden de los apellidos?

Todos los individuos que han alcanzado la mayoría de edad, es decir, 18 años, tendrán la facultad de reajustar la secuencia de sus apellidos. Este cambio en la disposición de los apellidos se puede realizar una vez, sin costo alguno, a través del Servicio de Registro Civil.

En relación a esto, es crucial destacar que la legislación vigente determina que al solicitar un cambio de apellido, esto generará un cambio correspondiente en los apellidos de los hijos e hijas menores de edad.

No obstante, aquellos en el rango de edad de 14 a 18 años deberán expresar su acuerdo mediante una declaración escrita otorgada ante el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Finalmente, la elección de la secuencia de apellidos no alterará el RUT de las personas que opten por el cambio de apellido, ni tampoco afectará su filiación.

6.Preguntas comunes de nuestros clientes

6.1. ¿Es posible modificar el apellido debido a la ausencia de un padre o madre?

Sí, existe la opción de solicitar la eliminación del apellido paterno o materno de su hijo(a) si se encuentra en una situación de abandono paterno o materno. Sin embargo, es esencial entender que este proceso no anula la legalidad de la paternidad o maternidad. Aunque el apellido pueda ser eliminado, legalmente seguirán siendo el padre o la madre.

6.2. ¿Es posible reemplazar el apellido paterno por el materno en Chile?

¡Da el salto y afirma tu identidad única! Te presentamos la oportunidad de realizar un cambio en tu nombre y/o apellido siempre y cuando se ajuste a las estipulaciones de la ley 17.344. Este procedimiento se lleva a cabo únicamente bajo ciertas condiciones y para asegurarte de que tu solicitud sea considerada, deberás cumplir con las siguientes:

1. Si tus nombres son ridículos, provocan risa o te causan daño moral o material.
2. Si durante al menos cinco años, y por razones plausibles, has sido conocido con nombres o apellidos diferentes a los tuyos.
3. Si posees un solo apellido, o ambos son iguales, y no existe matrimonio de los padres o no se puede determinar esa relación.
4. Si tus nombres o apellidos no son de origen español, la ley te da la opción de traducirlos o cambiarlos.

¡Toma el control y haz que tu nombre resuene con la verdad de quién eres!

6.3. ¿Puede el registro civil rechazar el registro del nombre de mi hijo?

¡Celebra la llegada de tu bebé y dale un nombre que refleje su esencia única! De acuerdo con la ley 4808, tienes la libertad de seleccionar cualquier nombre para tu recién nacido.

Sólo debes tener en cuenta que no puedes optar por un nombre que sea:

1. Extravagante.
2. Ridículo.
3. No apropiado para personas.
4. Confuso en cuanto al género.
5. Contrario al buen lenguaje.

El oficial civil que registra el nacimiento tiene el deber de garantizar que estos lineamientos se cumplan. Si él encuentra que el nombre elegido puede caer en alguna de las categorías mencionadas y decide oponerse a la inscripción, no te preocupes. Tienes todo el derecho de acudir a los tribunales para que sean ellos quienes decidan definitivamente si el nombre propuesto está o no dentro de las restricciones.

Así que ¡sé creativo y elige un nombre que deje una impresión duradera! Este es el primer gran regalo que le das a tu hijo. ¡Hazlo especial!

6.4. ¿Puedo asignarle a mi hijo(a) el apellido de mi pareja?

¡Sí! Puedes optar por darle a tu hijo(a) el apellido de tu pareja. De hecho, este es uno de los motivos más recurrentes para solicitar un cambio de apellido.

Para realizar esta modificación, es necesario que tu hijo(a) haya sido conocido(a) con el apellido de tu pareja durante un período de más de 5 años. De esta manera, puedes proceder con el cambio de nombre basándote en las disposiciones de la Ley 17.344.

Para llevar a cabo este ajuste de apellido, es imprescindible contar con testigos que puedan corroborar que tu hijo(a) ha sido reconocido(a) con el nuevo apellido durante más de 5 años. Así que, ¡adelante! Personaliza la identidad de tu hijo(a) para reflejar la unidad familiar.

6.5. ¿Requiero el permiso del padre/madre biológico para modificar el apellido de mi hijo(a)?

¡Atención! Para realizar un cambio de apellido, no es necesario el permiso del padre o de la madre biológicos.

Debes tener en cuenta que, aunque no necesites su consentimiento directo, la ley exige que se publique un resumen de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial. Esto se hace para permitir a cualquier parte interesada presentar una objeción dentro de los 30 días posteriores a la publicación.

Imagina, por un momento, que el padre o la madre biológicos se topan con la publicación en el Diario Oficial, es posible que presenten una oposición. Si esto ocurre, será el juez quien decida si procede o no el cambio de apellido, dependiendo del caso específico. ¡Pero no te preocupes! Nosotros te acompañaremos en cada paso de este proceso.

6.6. ¿Puedo elegir cualquier apellido?

si, pero debes responderte esta pregunta ¿Estás buscando transformar tu identidad y explorar una nueva versión de ti? ¡Tenemos la solución perfecta para ti! La ley nos brinda la libertad de elegir el nombre o apellido que deseas adoptar, siempre y cuando cumplas con ciertos criterios:

1. Si el cambio es necesario debido a errores de escritura en tu nombre o apellido actual, el Registro Civil simplemente corregirá estos errores tipográficos. No te preocupes, no habrá cambios radicales aquí.

2. ¿Estás lidiando con un nombre o apellido que te resulta ridículo o dañino? ¡Perfecto! Puedes cambiarlo por uno que resuene contigo y se sienta verdaderamente tuyo.

3. ¿Tienes un nombre o apellido que no es de origen español? ¡Aquí tienes dos opciones emocionantes! Puedes traducirlo o cambiarlo por uno completamente nuevo que elijas.

4. Si has estado usando un nombre o apellido diferente durante los últimos 5 años, puedes formalizarlo y hacerlo tuyo oficialmente.

Además, debes saber que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial. Esto le da a cualquier persona interesada la oportunidad de oponerse dentro de 30 días. En caso de oposición, el juez tendrá la última palabra.

Entonces, ¿estás listo para embarcarte en este emocionante viaje de cambio y autodescubrimiento? ¡Esperamos que te sumes a la aventura y descubras tu nuevo yo!

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