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¿Cómo solicitar un permiso para salir del país con niños?

Índice de contenido

El permiso para salir con niños al extranjero está regulado en Chile para garantizar el bienestar del menor y proteger los derechos de ambos padres. Ya sea por estudios, vacaciones u otros motivos, es fundamental conocer los requisitos para viajar con menores de edad y cumplir con las normativas legales. A continuación, detallamos cómo obtener la autorización para salir del país de manera eficiente.

Documentos para la autorización de salida de menores al extranjero

Para tramitar la autorización de salida de menores al extranjero, los documentos más importantes son:

  1. Pasaporte o cédula vigente del menor.
  2. Permisos notariales para salir del país: Deben incluir el destino, fechas de viaje y nombre del acompañante. Este documento debe estar firmado por ambos padres o por quien tenga la patria potestad.
  3. Autorización del tribunal: En caso de desacuerdo entre los padres, se debe solicitar al tribunal de familia.

Estos documentos son esenciales para evitar inconvenientes en los controles de migración y garantizar una salida segura del menor.

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¿Cuánto dura el permiso notarial para salir del país?

La duración del permiso notarial para salir del país varía dependiendo de lo estipulado en el documento. Generalmente, los padres o tutores especifican fechas de salida y retorno del menor de edad. También puede otorgarse un permiso de validez indefinida si es necesario para múltiples viajes. Se recomienda que el permiso sea redactado como escritura pública para evitar problemas legales.

¿Cuánto se demora la autorización para que un menor viaje al extranjero?

El tiempo del trámite depende del tipo de autorización requerida:

  1. Permisos notariales: Este trámite puede completarse en el mismo día, presentando los documentos necesarios en original más tres fotocopias.
  2. Autorización judicial: Este proceso, requerido si no hay consenso entre los padres, puede demorar semanas incluso meses, dependiendo de la complejidad del caso y la carga de trabajo del tribunal de familia, pero existen excepciones ya que si el tribunal certifica que el progenitor que no quiere dar el permiso está en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias podrá darlo de forma expedita. 

Si tengo la custodia de mi hijo, ¿puedo sacarlo del país?

Aunque tengas la custodia o el cuidado personal de niños, no puedes autorizar unilateralmente su salida del país. La patria potestad es compartida, salvo que una resolución judicial indique lo contrario. Si el otro progenitor no otorga su consentimiento, deberás obtener una autorización del tribunal.

¿Qué hacer si uno de los padres no está de acuerdo con la autorización para salir del país?

Si uno de los padres no consiente en el permiso para menores de 18 años, el padre o tutor interesado puede acudir al tribunal para solicitar la autorización judicial. Este proceso incluye:

  1. Presentar una solicitud ante el juzgado correspondiente.
  2. Aportar pruebas que respalden la necesidad del viaje, como motivos educativos o médicos.
  3. Participar en las audiencias programadas por el juez.
  4. Esperar la resolución final, que prioriza siempre el interés del menor.

Cuando uno de los padres no está de acuerdo con la autorización para salir del país de un menor, es necesario seguir ciertos procedimientos legales para garantizar el bienestar del niño y el respeto de los derechos de ambos progenitores.

Todo depende si quieres ir a vivir al extrnajero o es una autorización para vacacionar, Si uno de los padres se opone a que el menor salga del país, el progenitor interesado en el viaje debe solicitar una autorización del tribunal. Este proceso implica presentar una demanda ante el juzgado de familia, donde se evaluarán las circunstancias y se determinará si el viaje es en el mejor interés del menor. Es fundamental contar con asesoría legal durante este proceso para asegurar que se sigan todos los pasos correctamente.

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¿Es necesario el permiso del padre para viajar con mi hijo al extranjero si tengo su custodia?

Sí, incluso si tienes la custodia del menor, necesitas el permiso de padres para viajar fuera del país. La custodia otorga el derecho de cuidado diario, pero la patria potestad suele ser compartida, lo que significa que decisiones importantes, como viajes al extranjero, requieren el consentimiento de ambos padres. Si el otro progenitor no da su consentimiento, deberás buscar una autorización para que un menor viaje al extranjero a través del tribunal.

¿Qué documentos necesito para salir del país con mi hija?

Para salir del país con tu hija, necesitas:

  • Pasaporte o cédula de identidad vigente del menor.
  • Permiso notarial para salir del país, firmado por ambos padres o por quien tenga la patria potestad.
  • En caso de desacuerdo entre los padres, una autorización del tribunal que permita la salida del menor.

Es esencial asegurarse de que todos los documentos estén en regla para evitar inconvenientes en el momento del viaje.  Los permisos notariales para salir del país pueden redactarse como instrumentos privados o mediante escritura pública. La diferencia principal radica en su disponibilidad posterior: los instrumentos privados son retenidos en migraciones al momento de salir del país, lo que impide obtener copias adicionales. Por el contrario, las escrituras públicas quedan registradas, lo que permite solicitar copias en la notaría cuando sea necesario.

¿Qué sucede si el menor viaja acompañado de sus padres?

Si el menor viaja acompañado de sus padres, generalmente no se requiere una autorización adicional. Sin embargo, es recomendable llevar el certificado de nacimiento o la libreta de familia para acreditar la relación parental en los controles migratorios.

¿Cómo obtener un permiso notarial para sacar a un hijo del país?

Para obtener un permiso notarial para sacar un hijo del país, ambos padres deben acudir a una notaría con sus cédulas de identidad y el certificado de nacimiento del menor. Allí, se redactará y firmará el documento que autoriza la salida del menor. Si uno de los padres no puede asistir, puede otorgar un poder notarial al otro progenitor para que realice el trámite en su nombre.

¿Qué hacer si uno de los padres no está disponible para otorgar el permiso?

Si uno de los padres no está disponible o se niega a otorgar el permiso, se debe solicitar una autorización de salida de menores al extranjero ante el juzgado de familia correspondiente. El tribunal evaluará la situación y decidirá si concede la autorización para que el menor pueda viajar.

¿Es posible obtener un permiso de viaje para niños con un solo padre?

Sí, es posible obtener un permiso de viaje para niños con un solo padre. Si el otro progenitor no puede o no quiere otorgar el permiso, se debe acudir al tribunal de familia para solicitar una autorización judicial que permita la salida del menor.

En todas estas situaciones, es fundamental actuar con anticipación y buscar asesoría legal para asegurar que se cumplan todos los requisitos legales y proteger el bienestar del menor.

Para salir del país con mi hija, ¿qué necesito?

Además de los documentos básicos, si el menor viaja con un solo padre, será obligatorio contar con un permiso de viaje para niños con un solo padre. También se debe presentar:

  • El certificado de nacimiento del menor.
  • Permisos notariales y autorizaciones judiciales, en caso necesario.
  • En situaciones de defunción de un progenitor, el certificado de defunción en caso reemplazará su consentimiento.
  • Para que un menor o la autorización correspondiente puedan ser aceptados por las autoridades, es imprescindible que los documentos estén debidamente legalizados y actualizados

Requisitos para viajar con menores de edad

Los requisitos para viajar con menores de edad incluyen:

  • Contar con el permiso para sacar un hijo del país otorgado por ambos padres o mediante resolución judicial.
  • Llevar la libreta de familia, el certificado de nacimiento y una cédula de identidad o pasaporte vigente.
  • Garantizar que los menores viajen acompañados de personas autorizadas.

Casos especiales

  1. Caso de estar fallecido uno de los padres: el progenitor sobreviviente podrá otorgar la autorización, siempre que presente el certificado de defunción.
  2. Menores adoptados: los padres adoptivos tienen los mismos derechos y obligaciones que los biológicos. En caso de desacuerdo, se debe acudir al tribunal.

Entidades relacionadas importantes

En el proceso, se deben tener en cuenta las siguientes entidades y documentos relacionados:

  • Consulados de Chile para tramitar autorizaciones en el extranjero.
  • Llevar siempre el menor en original y sus documentos en fotocopias simples.
  • Garantizar que los menores estén acompañados de sus padres o representantes autorizados.

Procedimiento para la autorización de viaje de menores de edad en Chile

La salida del país de menores de 18 años está regulada por la Ley de Menores N.º 16.618 y el artículo 49 del Código Civil chileno, con el objetivo de garantizar la seguridad y los derechos del menor. Es fundamental cumplir con los requisitos legales para evitar inconvenientes durante el proceso.

¿Quién necesita una autorización para salir del país?

  • Menores que viajan con ambos padres: No requieren autorización de viaje.
  • Menores que viajan solos, con uno de los padres o con un familiar que no sea su tutor legal: Necesitan una autorización firmada por ambos padres o por el progenitor que no viaje.
  • Menores extranjeros residentes: Si viajan solos o con uno de los padres, necesitarán una autorización si la estadía en Chile supera los 90 días.
  • Menores extranjeros no residentes: No requieren autorización si la duración de su estadía no excede los 90 días.

Duración de las autorizaciones de viaje

  • Las autorizaciones para menores chilenos (residentes o no residentes) se utilizan una sola vez, ya que el documento original es retenido por las autoridades policiales al momento de la salida.
  • Para menores extranjeros con visa, la autorización puede usarse múltiples veces dentro de la vigencia de dicha visa, salvo que los padres expresen lo contrario.

¿Cómo firmar la autorización de viaje?

  1. Si el menor viaja solo: Debe estar firmada por ambos padres o por el tutor legal.
  2. Si viaja con uno de los padres: La firma debe ser del padre o madre que no viaje, siempre y cuando este tenga la patria potestad.

En casos en que uno o ambos padres no puedan firmar la autorización, será necesario solicitarla al Tribunal de Familia correspondiente al domicilio del menor.

Documentos necesarios para el trámite

Para solicitar la autorización, los siguientes documentos deben estar completos y vigentes:

  1. Cédula de identidad o pasaporte vigente de ambos padres (o del que tenga la custodia del menor) y el pasaporte del menor.
  2. Sentencia judicial que acredite la custodia, si aplica.
  3. Certificado de defunción, en caso de que uno de los padres haya fallecido.
  4. Libreta de familia o certificado de nacimiento original, con tres fotocopias simples.
  5. Información sobre la duración de la estadía en Chile y la dirección completa del menor en el extranjero.

Pasos del procedimiento

  1. Solicitud online: Agendar una cita en el consulado correspondiente y adjuntar los documentos requeridos escaneados en formato PDF.
  2. Legalización de documentos: Para que la firma del Cónsul tenga validez en Chile, debe ser legalizada en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en Santiago. Este trámite es gratuito y puede realizarlo cualquier persona.
  3. Pago del arancel consular: El pago debe hacerse mediante tarjeta de débito Maestro o transferencia bancaria. El costo puede variar según el tipo de trámite y el cambio del dólar.

Documentos necesarios para salir del país

Al momento de la salida, es obligatorio presentar:

  • Pasaporte vigente del menor.
  • Autorización de viaje en original más tres fotocopias simples.
  • Certificado de nacimiento original o libreta de familia, con tres fotocopias simples.
  • Certificado de defunción del progenitor fallecido, en caso de aplicar, con tres fotocopias simples.

Consideraciones finales

  • Las autorizaciones deben estar firmadas por el consulado chileno si el trámite se realiza en el extranjero.
  • En casos excepcionales donde la autorización no pueda obtenerse por vía notarial, el permiso para sacar un hijo del país debe ser solicitado al Tribunal de Familia, quien determinará si el viaje es en el mejor interés del menor.
  • Es importante planificar con tiempo y asegurarse de que todos los documentos estén en regla para evitar demoras en el proceso.

Confía en nuestros abogados de familia para tu tranquilidad

En Abogaley, entendemos lo complejo que puede ser tramitar la autorización para salir del país con menores de edad. Nuestro equipo de abogados de familia está preparado para acompañarte antes, durante y después del proceso, asegurándote una gestión ágil, legal y sin complicaciones.

Te ayudamos a:

  • Antes del trámite: Asesorarte en la preparación de los documentos necesarios, desde permisos notariales hasta solicitudes judiciales.
  • Durante el proceso: Representarte ante los tribunales de familia y consulares, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos legales.
  • Después del trámite: Resolver dudas sobre la vigencia de los permisos y asegurarte que todo esté en regla para futuros viajes.

No enfrentes este proceso solo. Haz clic en nuestro enlace abogados de familia y obtén la tranquilidad de estar en manos de expertos que trabajan para ti y tu familia. Contáctanos hoy mismo y asegura el bienestar de los tuyos con la experiencia de Abogaley.

 

Nicolás Ríos-Montt
Sobre el autor
Nicolás Ríos-Montt
Abogado · Director de Abogaley®

Abogado experto en derecho de familia e insolvencia. Doble máster en psicología infanto-juvenil, especialidad en trauma, Universidad Isabel I (España). Dirige el equipo de Abogaley® y la estrategia de las causas donde hay niños involucrados.

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Preguntas frecuentes

Aquí respondemos a las preguntas más frecuentes sobre nuestros servicios legales.

¿Se puede sacar el permiso notarial online y cuánto demora?

Conviene partir por lo que exige la ley. El artículo 49 de la Ley 16.618 dispone que el permiso “deberá prestarse por escritura pública o por escritura privada autorizada por un Notario Público”, de modo que siempre hay una firma autorizada por el notario.

Eso marca el límite de lo digital. No existe hoy una autorización de salida que se otorgue íntegramente en línea y que la policía internacional acepte sin más en frontera, por mucho que varias plataformas privadas lo ofrezcan.

Lo que sí es rápido es el trámite mismo. Ante notario suele resolverse el mismo día, así que el plazo real depende de conseguir la firma del otro progenitor, no del papeleo.

Distinto es cuando hay que ir a tribunales. La autorización judicial puede tomar semanas o meses, según la carga del tribunal y si el otro padre se opone.

Sobre el costo, hay que ser honestos. El arancel de referencia sigue siendo el Decreto Exento N° 587 de 1998 del Ministerio de Justicia, que nunca se reajustó en su texto, así que lo correcto es consultar el valor vigente en la notaría y sumar el de las copias.

Aquí está el error más caro que circula sobre este tema. La ley no habla de patria potestad, sino de tuición, que hoy se lee como cuidado personal.

La distinción no es de matiz. La patria potestad recae sobre los bienes del hijo y no sobre sus desplazamientos, de modo que pedirle la firma a quien no corresponde termina en un viaje frustrado.

El artículo 49 distingue cuatro situaciones. Si el juez no ha confiado la tuición a nadie, el menor no puede salir sin la autorización de ambos padres.

Si el juez confió la tuición a uno de los padres o a un tercero, basta la autorización de aquel a quien se le confió. Y si el hijo fue reconocido por un solo progenitor, basta la de ese progenitor.

Hay un cuarto supuesto que casi nadie explica bien y que es acumulativo. Si existe un régimen de relación directa y regular fijado por sentencia o por avenimiento aprobado por el tribunal, se requiere también la autorización del padre o madre a cuyo favor se estableció.

O sea que en ese caso hacen falta dos firmas, la de quien tiene el cuidado personal y la de quien tiene las visitas.

Y hay un caso en que no se necesita nada. La propia ley señala que el permiso no será necesario si el menor sale del país en compañía de la persona o personas que deben prestarlo, según confirma el Ministerio de Relaciones Exteriores sobre viajes de menores de edad.

La ley no fija plazo de vigencia a la autorización notarial. El famoso límite de noventa días que se repite en muchos sitios no tiene respaldo legal alguno.

Tampoco es efectivo que sirva para un solo viaje como regla general. Esa creencia viene de la práctica de entregar el original en el control fronterizo, no de una norma.

Por eso conviene tomar una precaución práctica. Pide el documento con copias y guarda una hasta el regreso, porque la misma autorización suele exigirse al reingresar a Chile.

Donde la ley sí puso plazos es en la autorización judicial. El juez señala el tiempo por el que la concede, y el artículo 49 bis permite un permiso especial que habilita salidas en distintas ocasiones dentro de los dos años siguientes, con un máximo de quince días por viaje.

Ese permiso del artículo 49 bis no es para cualquiera. Exige acreditar que el otro progenitor ha dejado de cumplir injustificadamente su deber de mantener una relación directa y regular con el hijo.

Para ocho destinos sí basta. Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede viajar con cédula de identidad a Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay.

Para el resto del mundo la regla es otra. Se requiere pasaporte vigente, y conviene revisar la exigencia habitual de que el documento tenga al menos seis meses de vigencia posteriores a la fecha del viaje.

A eso se suma la documentación que acredita el vínculo. Es recomendable llevar el certificado de nacimiento del menor y, si corresponde, la sentencia que asigna el cuidado personal.

Cuando uno de los padres falleció, el punto se acredita con documento. Se acompaña el certificado de defunción, porque la ley no libera de la autorización por el solo hecho del fallecimiento.

La ley prevé exactamente esa situación. Cuando la autorización no pudiere otorgarse o se negare sin motivo plausible, puede concederla el tribunal, que tomará en consideración el beneficio que el viaje pudiere reportar al menor y fijará el tiempo de la autorización.

Ojo con la redacción del artículo. Habla de “juez de letras de menores” porque el texto nunca se actualizó, pero esos tribunales ya no existen y hoy conoce el tribunal de familia del lugar de residencia del menor.

Hay una buena noticia de plazos. Esta materia no está entre las de mediación previa obligatoria, que son solo alimentos, cuidado personal y relación directa y regular, de modo que no hay que mediar antes de recurrir al tribunal.

Existen además dos vías especiales cuando hay deuda de alimentos. El propio artículo 49 permite al juez otorgar el permiso sin considerar las razones de la negativa cuando el alimentante está publicado en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, salvo que el viaje sea para radicarse definitivamente.

La segunda está en la Ley 14.908. Si consta que en contra del alimentante se decretaron dos veces los apremios de los artículos 14 y 16, el tribunal puede autorizar la salida del país de los hijos sin necesidad de su consentimiento. Lo explicamos en el cobro de pensión alimenticia.

Chile es parte del Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, promulgado por el Decreto 386 de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La solicitud no se presenta en cualquier oficina. La Autoridad Central chilena es la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, a través de su Oficina Internacional, y no el Ministerio de Justicia ni la Cancillería, como suele afirmarse.

Sobre el plazo hay un malentendido muy extendido. Si el procedimiento se inicia antes de que pase un año desde el traslado o la retención ilícitos, la autoridad ordenará la restitución inmediata del menor.

Pasado ese año no se pierde el derecho. La restitución igualmente se ordena, salvo que quede demostrado que el menor quedó integrado en su nuevo ambiente, que es la única diferencia real que introduce el plazo.

Hay además una consecuencia prevista en la propia ley chilena. Si el menor sale con autorización judicial y, expirado el plazo, no vuelve al país injustificadamente, el juez puede decretar la suspensión de las pensiones alimenticiasdecretadas a su favor.

Y conviene no improvisar. Sacar a un hijo del país sin la autorización que exige el artículo 49 puede acarrear consecuencias penales además de las civiles, por lo que la vía correcta es asesorarse antes de viajar y no después.

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Sobre el autor/a de esta nota

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Nicolás Ríos-Montt
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Abogado experto en derecho de familia e insolvencia. Doble máster en psicología infanto-juvenil, especialidad en trauma, Universidad Isabel I (España). Dirige el equipo de Abogaley® y la estrategia de las causas donde hay niños involucrados.

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