Medida de Protección
En Abogaley encontrará un abogado familiar que cuenta con una vasta experiencia interponiendo medidas de protección ante los tribunales de familia y, cuando el caso lo exige, el respaldo integral de nuestros abogados penalistas.
Cada día que pasa sin actuar puede empeorar el conflicto. Hoy es un buen día para buscar ayuda legal. Escríbanos y deje que nuestro estudio jurídico le acompañe en este proceso.
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Santiago
Medida de protección en Chile
Es una decisión dictada por el juez que tiene por objeto la protección de los derechos de los niños, niñas, y adolescentes, cuando estos se vean vulnerados.
Asimismo, es menester señalar que Chile ratificó la Convención de Derechos del niño, la cual reconoce a toda niña, niño o adolescente, los derechos de educación, alimentación, salud, protección contra la violencia intrafamiliar, entre otros.

Para solicitar medidas de protección
Debe acercarse al tribunal de familia del domicilio del menor y realizar un requerimiento de medida de protección, en el cual se pone en conocimiento de la vulneración de derecho que está sufriendo.
El tribunal de familia debe fijar una audiencia preparatoria dentro de los cinco días siguientes. En esta instancia, se podrá escuchar la opinión de la víctima.
Cabe destacar que, el tribunal puede dictar medidas cautelares de familia como el ingreso provisional del menor a un programa de familia de acogida o a un centro residencial, así como ordenar la prohibición de que el presunto agresor permanezca en el hogar común.
La audiencia de juicio deberá realizarse dentro del plazo de 10 días desde que se celebró la audiencia preparatoria. Si el juez adopta una medida por un período determinado, deberá explicar a las partes el propósito de ello durante la audiencia.
Personas que pueden interponer medidas de protección
Puede ser solicitado por las siguientes personas:
- El propio niño, niña o adolescente.
- Los padres.
- Personas que tengan bajo el cuidado personal, al niño, niña o adolescente.
- Profesores o director del establecimiento educacional al cual asiste el niño, niña o adolescente.
- Profesionales de la salud.
- Servicio Nacional de Menores.
- Cualquier persona que tenga interés legítimo.
Su tranquilidad y la seguridad de su familia merecen atención inmediata, contacte a Abogaley y reciba asesoría jurídica.
Familia
Diferencia entre medida de protección y cautelar
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Las primeras buscan resguardar los derechos de niños, niñas o adolescentes cuando han sido vulnerados o están en riesgo. Pueden incluir el ingreso a una familia de acogida, terapia familiar o supervisión de visitas. Tienen un enfoque asistencial y de resguardo directo.
En cambio, las medidas cautelares son herramientas provisionales que buscan prevenir daños o mantener el cumplimiento de una resolución mientras se tramita un juicio. Se aplican en cualquier proceso familiar (como alimentos, cuidado personal o violencia intrafamiliar). Se incluye la suspensión de visitas o la prohibición de acercamiento.
Medidas cautelares que puede adoptar el tribunal de familia
El tribunal de familia puede decretar las siguientes medidas:
- Disponer la entrega inmediata del niño, niña o adolescente a los padres o la persona que tenga su cuidado.
- Confiar el cuidado del niño, niña o adolescente a una persona o familia en casos de urgencia.
- Ingreso a un programa de familias de acogida, centro de diagnóstico o residencia.
- Ordenar a sus padres o la persona que lo tenga bajo su cuidado, a programas o acciones de apoyo, reparación u orientación, para así enfrentar situaciones de crisis.
- Suspender el derecho de una o más personas determinadas a mantener una relación directa y regular (visitas).
- Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el hogar común.
- La internación en un establecimiento hospitalario, psiquiátrico, o de tratamiento especializado.
Si alguna de estas disposiciones llegase a incumplirse, el tribunal está facultado para aplicar medidas de apremio —por ejemplo, retención de fondos o arresto— a fin de que la resolución se respete y proteger efectivamente al menor.
Cómo pedir medidas de protección con apoyo de Abogaley
Enfrentar una situación donde un niño, niña o adolescente está en riesgo es complejo. Para estos casos, los abogados de familia le asesoran y representan ante el tribunal de familia, guiándole para que el proceso sea claro y respetuoso con lo que está viviendo.
Si necesita solicitar una medida de protección, podemos ayudarle a actuar a tiempo. Atendemos casos en todo Chile, con atención cercana, profesional y comprometida con el bienestar de las familias.
Preguntas frecuentes
Aquí respondemos a las preguntas más frecuentes sobre nuestros servicios legales.
1. ¿Qué es una medida de protección en el ámbito de familia?
Es una resolución del tribunal de familia que busca resguardar los derechos de niños, niñas o adolescentes cuando están en riesgo o han sido vulnerados.
2. ¿Cuál es el procedimiento para obtenerlas?
Se ingresa un requerimiento escrito en el tribunal; el juez fija una audiencia preparatoria dentro de cinco días, escucha a las partes y, de ser necesario, dicta medidas cautelares inmediatas.
Luego, se programa la audiencia de juicio para revisar antecedentes y confirmar o modificar las medidas.
3. ¿Cuánto tiempo duran las medidas de protección?
No hay un plazo único: el tribunal revisa periódicamente la situación y puede extender, modificar o dejar sin efecto la medida según las circunstancias y el interés superior del niño o adolescente.
4. ¿Existen medidas de protección para víctimas de violencia intrafamiliar?
Sí. Cuando la agresión proviene del entorno familiar, el tribunal puede dictar órdenes de alejamiento, supervisión de visitas o derivación a programas de apoyo, priorizando la seguridad de la víctima.
¿Aún tiene dudas?
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Nicolás Ríos-Montt
Abogado especialista en familia y derecho concursal, integra visión psicojurídica en conflictos complejos.
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