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Testamentos

Estudio Jurídico Abogaley en Viña del Mar Valparaíso y toda la Quinta Región, nos especializamos en la confección de testamentos, explicando a nuestros clientes cuales son las distintas alternativas para poder tomar ésta importante decisión. los testamentos son por esencia un acto solemne, eso quiere decir que usted deberá asistir a nuestras oficinas y explicarnos como realizará la distribución de sus bienes, se realiza la confección del mismo en aproximadamente 10 días hábiles, luego de eso deberá contar con 3 testigos, quienes deberán ir a firmar a la notaría. En ese momento los testamentos son leídos en voz alta por el notario quién verificará que se cumplan con todas las exigencias que exige la ley. Las herencias siempre se dividen en dos partes, y el testador debe cumplir con legar el 50% del patrimonio a los herederos forzosos, como los hijos y el cónyuge. Tome nota, porque dependiendo del tipo de matrimonio, las cosas varían. Si hay sociedad conyugal, la mitad va al cónyuge y la otra se reparte entre todos los herederos. Si hay separación de bienes y un testamento, esta mitad se reparte entre el cónyuge y los hijos (el cónyuge recibe el doble de cada hijo). “Ahora, si el matrimonio es con participación de gananciales, saca ella (o él) primero sus gananciales, y lo que queda se reparte igual entre todos los herederos”. El otro 50% del patrimonio se divide en dos: la llamada cuarta de mejora -dirigida a uno o varios de los herederos legítimos, según el criterio del testador- y la cuarta de libre disposición, que puede asignarse a cualquier persona o institución. No es necesario mencionar o inventariar todos los bienes que se poseen en un testamento. Basta con asignar porciones. Pero considere que existen dos tipos de testamentos: los solemnes y los privilegiados (o menos solemnes). Estos últimos son excepciones, y surgen cuando la vida del testador está en peligro. En el caso de los solemnes, cualquier tipo de hoja puede servirle como medio. Lo importante es que lleve su firma y la certificación de un notario público y tres testigos. Si usted decide que el testamento sea abierto, el notario procede a su lectura frente al testador y los testigos antes de guardarlo. De lo contrario, el documento llega sellado, y su lectura procede cuando ha muerto el testador. Está prohibido legar un patrimonio por encargo a otra persona. Pero existen figuras que podrían facilitarle el trámite: los testigos y el albacea, ambos nombrados por el testador. Mientras los testigos son indispensables, pues dan fe de que la persona declara su voluntad al momento de testar, usted puede prescindir del albacea, pero no es recomendable. Esta figura se torna relevante, pues es el encargado de cuidar los bienes del causante, pagar las deudas hereditarias y pagar los legados. En viña del mar y valparaíso somo expertos en redacción privada de su testamento,  encontrando solución profesional a diversas interrogantes.