Glosario Jurídico: Materia penal
El siguiente glosario recopila una serie de términos de uso general, fundamentales para la comprensión de diversos temas. Su objetivo es servir como una herramienta de consulta clara y accesible, permitiendo al lector resolver dudas y profundizar en los conceptos aquí presentados.
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Glosario
Términos relativos a materia penal
Acuerdo reparatorio: trato al que llegan el imputado y la víctima. Debe ser aprobado por el juez de garantía y procede en los siguientes casos: delitos que afectan el patrimonio, lesiones menos graves o delitos culposos. Si el imputado cumple el acuerdo, la causa termina definitivamente y se archiva.
Acusación: escrito en el cual el fiscal describe los hechos del delito, la participación del acusado, señala las circunstancias atenuantes y/o agravantes de responsabilidad penal, solicita una pena y ofrece la prueba que presentará en el juicio oral.
Acusado: persona contra quien el fiscal presenta la acusación.
Agrupación de investigaciones: facultad que tiene el fiscal para llevar en forma conjunta la investigación de dos o más delitos.
Allanamiento: ingreso que realiza la policía a un domicilio particular o público por orden de un juez para detener al autor de un delito y/o incautar especies.
Apercibimiento de arresto: advertencia hecha a una persona por el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal. Si esta no cumple con lo ordenado, será privada temporalmente de su libertad. Por ejemplo, un testigo que no asiste a un juicio.
Archivo provisional: facultad que tiene el fiscal para no continuar una investigación, cuando los antecedentes que posee no son suficientes para aclarar los hechos. Solo puede ejercerla en casos en que no haya intervenido un juez de garantía.
Arraigo: medida cautelar que prohíbe a una persona salir del país o territorio que fije el tribunal. Es ordenada por el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal.
Audiencia de control de detención: audiencia en la que por primera vez una persona detenida por orden judicial o por haber sido sorprendida en un delito flagrante se presenta ante el juez de garantía. En ella el juez verifica si se le han informado sus derechos y si la detención se realizó de acuerdo a la ley.
Audiencia de juicio oral: audiencia oral y pública que se realiza en los juzgados de garantía y en los tribunales de juicio oral en lo penal. En ella deben estar presentes el acusado, el fiscal, la defensa y el querellante, quienes presentan las pruebas. Al finalizar la audiencia el o los jueces deciden si el acusado es absuelto o condenado.
Audiencia de preparación de juicio oral: audiencia oral y pública que se realiza en el juzgado de garantía en la cual un juez decide las pruebas que el fiscal, la defensa y el querellante podrán presentar en el juicio que se realizará en un tribunal de juicio oral en lo penal.
Auto de apertura de juicio oral: resolución que dicta el juez de garantía en la audiencia de preparación de juicio oral. En ella se establecen los hechos que se debatirán en el juicio, el tribunal de juicio oral en lo penal en el que se realizará y las pruebas que presentarán el fiscal, la defensa y el querellante.
Cautela de garantía: posibilidad que tiene el imputado o acusado, la víctima u otra persona para pedir al juez de garantía que se respeten sus derechos fundamentales. Por ejemplo: un imputado preso que necesita tratamiento médico.
Cierre de investigación: decisión del fiscal que pone término a la etapa de investigación.
Citación: resolución que dicta un juez de garantía o jueces de un tribunal de juicio oral en lo penal en la que se ordena al imputado, la víctima, testigo u otra persona asistir un día y hora al tribunal.
Comiso: pena que consiste en quitarle al condenado el dinero u objetos que obtuvo del delito y también las cosas que usó para cometerlo.
Condenado: persona contra la cual se ha dictado una sentencia condenatoria, es decir, se comprobó que es el autor, cómplice o encubridor de un delito.
Control de identidad: facultad que tiene la policía para solicitar la identificación de cualquier persona cuando existan antecedentes que lo vinculen con un delito o falta.
Decisión de no perseverar: facultad que tiene el fiscal para no continuar con una investigación porque no hay antecedentes serios para presentar una acusación. Se informa en una audiencia ante el juez de garantía y como consecuencia quedan sin efecto la formalización de investigación y las medidas cautelares.
Defensor: abogado que asume la defensa y representación del imputado en un juicio.
Denuncia: acto por cual una persona comunica a las autoridades la existencia de un hecho que podría ser un delito.
Denunciado: persona contra la cual se presenta una denuncia porque se le atribuye haber cometido un delito.
Desacato: delito en el que incurre una persona por incumplir una resolución judicial de la que estaba notificado.
Detención: medida cautelar en la cual una persona es privada de libertad por un tiempo breve para ser presentada ante un juez.
Falta: conducta en la que se infringe la ley y tiene asignada una pena de hasta 60 días de prisión o multa.
Flagrancia: situación en la que una persona es sorprendida cometiendo un delito o acaba de cometerlo, pudiendo ser detenida inmediatamente.
Formalización de la investigación: comunicación que realiza el fiscal al imputado en una audiencia ante el juez de garantía en la que se le informa que existe una investigación en su contra por un delito determinado.
Hurto: tomar en forma ilegítima o sustraer una cosa ajena sin fuerza ni violencia o intimidación en las personas.
Imputado: persona a quien se le atribuye participación en un delito.
Incautación: retención que se efectúa durante el proceso respecto de especies que se encuentran relacionadas con la comisión de un delito. Por ejemplo: vehículos.
Intervinientes: personas o instituciones que participan en el proceso penal, como son el fiscal, imputado, defensor, víctima y querellante.
Irreprochable conducta anterior: circunstancia que permite disminuir la pena, es decir, si el sentenciado no tiene condenas previas puede optar a una pena menor.
Medidas cautelares personales: medidas que dicta el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal para asegurar que el imputado asista a las audiencias y/o proteger a la víctima. Por ejemplo: arraigo, prohibición de acercarse a la víctima u otro.
Medidas cautelares reales: medidas que dicta el juez de garantía para asegurar que los afectados por el delito puedan lograr alguna reparación económica. Por ejemplo: prohibición de vender inmuebles o vehículos.
Ministerio Público: órgano estatal que no depende de ningún Poder del Estado. Los abogados que trabajan en el Ministerio Público se llaman “fiscales”. Entre sus labores se encuentran formalizar la investigación y brindar protección a las víctimas y testigos.
Multa: pena que implica el pago de una suma de dinero.
Pena: sanción que imponen a un imputado el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal en una sentencia condenatoria.
Prescripción: término de la responsabilidad penal por haber transcurrido cierto tiempo desde que se cometió el delito o desde que se dictó la sentencia condenatoria.
Presunción de inocencia: principio según el cual ninguna persona puede ser tratada o considerada culpable antes de que se dicte una sentencia condenatoria en su contra.
Principio de oportunidad: facultad que tiene el fiscal para no iniciar una investigación o abandonarla cuando se trate de un hecho que no comprometa gravemente el interés público.
Prisión preventiva: privación de libertad que ordena un juez durante la tramitación del proceso a petición de un fiscal cuando existan antecedentes de un delito y de la participación del imputado. Además, la libertad del imputado debe constituir un peligro para la seguridad de la víctima o de la sociedad. Por ejemplo: puede fugarse o destruir medios de prueba.
Procedimiento abreviado: procedimiento especial que se realiza ante el juez de garantía en el cual hay acuerdo entre el fiscal y el imputado, quien acepta los hechos por los que se le acusa y los antecedentes que hay en la carpeta de investigación. La sentencia en la cual se determina la pena la dicta el juez de garantía.
Procedimiento monitorio: procedimiento especial que se aplica a las faltas cuando el fiscal solicita al juez de garantía que se imponga una pena de multa.
Procedimiento ordinario: procedimiento que se efectúa cuando se acusa al imputado por un crimen o simple delito. Comienza con la formalización de la investigación y termina con el juicio oral ante el tribunal de juicio oral en lo penal.
Procedimiento simplificado: procedimiento especial que se realiza ante el juez de garantía en los casos en que el fiscal pide una pena privativa de libertad no superior a 540 días.
Querellante: calidad que adquiere la víctima o su representante al presentar formalmente una querella contra él o los imputados. La querella es el escrito que se presenta ante el juez de garantía en el cual se describe el hecho y se piden diligencias de investigación.
Recurso de Amparo: acción que otorga la Constitución Política de la República a toda persona que se considere que ha sido ilegalmente privada de libertad para que la Corte de Apelaciones revise el caso y determine si su privación de libertad es legal o no.
Recurso de Nulidad: acción judicial que tiene por objetivo anular el juicio oral y/o la sentencia cuando en la tramitación del proceso se afectaron los derechos fundamentales o en la sentencia se aplicó erróneamente el derecho. Lo puede resolver la Corte Suprema o la Corte de Apelaciones.
Reincidencia: circunstancia que aumenta la pena de un condenado. Si se comprueba que el sentenciado ha sido condenado anteriormente por otro delito puede aumentar la pena que se le aplicará.
Remisión condicional de la pena: forma de cumplir en libertad una condena determinada por el juez de garantía o jueces del tribunal de juicio oral en lo penal. Pueden otorgarla cuando el sentenciado no tiene condenas y la pena que debe cumplir no sea mayor a 3 años. Durante el período de cumplimiento el condenado debe asistir a actividades que determine Gendarmería de Chile.
Responsabilidad penal de los adolescentes: conjunto de normas que regulan la forma en que serán juzgados los adolescentes que cometen delitos y que tengan entre 14 y 18 años.
Salidas alternativas: formas de poner término al procedimiento penal antes del juicio oral. Existen dos tipos: la suspensión condicional del procedimiento y el acuerdo reparatorio.
Sentencia absolutoria: forma de poner término al proceso por la cual el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal deciden que el hecho investigado no es delito o que el acusado no participó en él.
Sentencia condenatoria: forma de poner término al proceso por la cual el juez de garantía o los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal deciden que el acusado es culpable de un delito y le imponen una pena.
Sobreseimiento definitivo: término definitivo del proceso penal por determinadas causales legales. Por ejemplo: muerte del imputado, prescripción de la pena u otro.
Sobreseimiento temporal: suspensión del procedimiento penal por ciertas causales legales. Por ejemplo: si el imputado está rebelde, es decir, hay una orden de detención en su contra y la policía no lo encuentra.
Suspensión condicional del procedimiento: forma de poner término al procedimiento penal antes del juicio oral. Consiste en un acuerdo al que llegan el imputado y el fiscal para suspender el procedimiento por un período, el que no podrá ser menor a un año ni superior a tres. Durante este tiempo el imputado deberá cumplir ciertas condiciones que de ser cumplidas, se terminará la causa y se dictará sobreseimiento definitivo.
Testimonio: declaración de una persona como testigo en juicio.
Víctima: persona afectada por el delito o quien la representa legalmente. Si la víctima fallece producto del delito se consideran víctimas a sus parientes. Por ejemplo: cónyuge, padres o hermanos.
Violencia intrafamiliar: maltrato físico o psicológico que comete un miembro de la familia contra otro, pudiendo ser la víctima el cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente, niños, adultos mayores o personas con discapacidad.
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