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Aumento de pensión de alimentos en Chile: Cómo solicitarlo

El aumento de la pensión alimenticia se solicita cuando la pensión fijada años atrás ya no cubre las necesidades reales, la ley permite pedir su aumento ante el Tribunal de Familia ya que se debe tener en cuenta que los hijos crecen y sus gastos también: colegio, salud, actividades o costos de universidad. 

En Abogaley preparamos demandas de aumento sólidas, con la prueba correcta y la estrategia adecuada para que la pensión refleje la vida actual de tus hijos, no la de hace cinco años.

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En Abogaley, entendemos tus necesidades legales y estamos aquí para ofrecerte soluciones efectivas. Nuestro equipo de expertos está listo para guiarte en cada etapa de tu proceso legal.

Alimentos

¿Cuándo puedes pedir el aumento de pensión de alimentos?

Puedes demandar el aumento cuando han variado las circunstancias que el juez tuvo a la vista al fijar la pensión. Los dos supuestos clásicos son:

  • Aumentaron las necesidades del alimentario: Ingreso al colegio o la universidad, tratamientos médicos, condiciones de salud especiales, mayor costo de vida del hogar.
  • Mejoró la capacidad económica del alimentante: Nuevo empleo, ascenso, crecimiento de su negocio o disminución de sus cargas familiares.

Debes saber que no existe un plazo mínimo de espera; si las circunstancias cambiaron de manera relevante, el derecho a pedir el aumento nace de inmediato. Como toda materia de alimentos, requiere mediación familiar previa antes de llegar a juicio.

Servicios

Nuestros servicios de aumento de pensión alimenticia

Nuestro equipo construye tu caso de aumento con método

Evaluación del cambio de circunstancias económicas

Comparamos el escenario actual con el existente al fijarse la pensión, para determinar la viabilidad y el monto a pedir.

Recopilación de pruebas de ingresos y necesidades

Reunimos liquidaciones, boletas, informes y gastos del alimentario, y activamos las facultades del tribunal para investigar los ingresos reales del alimentante.

Redacción y presentación de la demanda de aumento

Elaboramos una demanda fundada y la litigamos hasta la sentencia, solicitando que el aumento rija provisionalmente durante el juicio.

Solicitud de reajuste de pensión de alimentos

Si tu problema es la inflación y no las nuevas necesidades, actualizamos el monto por la vía rápida de la liquidación.

Asesoría general en pensión de alimentos

Te orientamos en cualquier etapa: fijación, cobro, aumento, rebaja o cese de la pensión.

¿Qué pruebas necesitas para una demanda de aumento de alimentos?

El aumento se gana con prueba concreta de dos hechos: Que los gastos subieron y/o que el alimentante gana más. Los medios más eficaces son:

  • Gastos del hijo: Matrículas y mensualidades escolares, boletas médicas y farmacéuticas, arriendo o dividendo del hogar, actividades extracurriculares.
  • Ingresos del alimentante: Liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios, declaraciones de impuestos y cartolas previsionales.

¿Qué hacer si el alimentante oculta ingresos?: El tribunal puede oficiar al SII, a las AFP, a bancos y empleadores para reconstruir su capacidad económica real, y la ley presume que todo padre o madre tiene medios para aportar el mínimo legal. Nuestra guía sobre la ley de alimentos profundiza en estos estándares.

Proceso judicial para aumentar la pensión alimenticia

El camino del aumento tiene cuatro etapas:

  1. Mediación familiar obligatoria: Si hay acuerdo, se aprueba judicialmente y tiene valor de sentencia; si no, se certifica la mediación frustrada.
  2. Demanda de aumento ante el Tribunal de Familia, con la prueba del cambio de circunstancias. La ley permite pedir que el tribunal acceda provisionalmente al aumento mientras dura el juicio.
  3. Audiencia preparatoria y de juicio, donde se rinde la prueba de necesidades e ingresos.
  4. Sentencia, que fija el nuevo monto, idealmente expresado en UTM para su reajuste automático.

¿Cuánto puede aumentar la pensión de alimentos en Chile?

No hay una cifra única: el juez pondera las necesidades acreditadas del alimentario y la capacidad económica del alimentante, respetando dos límites legales de la Ley 14.908:

  • Mínimos: La pensión no puede ser inferior al 40 % del ingreso mínimo remuneracional por un hijo, ni al 30 % por cada uno cuando son dos o más.
  • Máximo: La suma de las pensiones no puede exceder el 50 % de las rentas del alimentante.

Dentro de ese marco, la diferencia entre un aumento tímido y uno sustancial es la calidad de la prueba. Ahí es donde se marca la diferencia.

Diferencia entre aumento, reajuste y nueva demanda de alimentos

En principio son tres vías para tres problemas distintos: 

  • El reajuste actualiza el monto por inflación y se resuelve con una liquidación, sin nuevo juicio. 
  • El aumento eleva la pensión en términos reales por cambio de circunstancias y exige mediación y demanda.
  • La nueva demanda de alimentos procede cuando nunca se ha fijado una pensión o cuando aparece un nuevo alimentario y da inicio al juicio completo, con alimentos provisorios incluidos.

¿Dudas de cuál corresponde a tu caso? Una consulta breve con nuestro equipo lo aclara de inmediato y evita meses de tramitación equivocada.

Asesoría legal para aumentar la pensión alimenticia en Chile

Que la pensión no crezca mientras tus hijos sí lo hacen no es neutro: es una deuda silenciosa con su bienestar. La ley te da la herramienta y nosotros la hacemos funcionar.

En Abogaley, nuestros abogados de pensión de alimentos llevan décadas ganando aumentos ante los Tribunales de Familia de todo Chile. Escríbenos hoy y actualicemos la pensión a la vida real de tus hijos.

Preguntas frecuentes sobre aumento de pensión de alimentos

¿Cada cuánto tiempo se puede pedir el aumento de pensión alimenticia?

No hay plazo legal de espera. Puedes demandar el aumento cada vez que exista un cambio relevante de circunstancias: nuevas necesidades del hijo o mejores ingresos del alimentante. Lo que no prospera es demandar sin hechos nuevos que probar.

Decirlo no basta; el tribunal puede oficiar al SII, a las AFP, a bancos y a su empleador para verificar sus rentas reales. Además, la Ley 14.908 presume que el alimentante tiene medios para pagar al menos el mínimo legal, y el ocultamiento de ingresos puede volverse en su contra en el juicio.

Sí. Un mejor empleo o mayores rentas del alimentante es precisamente uno de los cambios de circunstancias que justifican el aumento, aunque los gastos del hijo se mantengan. La pensión debe guardar proporción con la capacidad económica actual, no con la del pasado.

Sí, es uno de los fundamentos más sólidos. Tratamientos, terapias, medicamentos permanentes o necesidades educativas especiales acreditan un aumento real de las necesidades del alimentario. Documenta cada gasto: boletas, informes médicos y presupuestos serán tu mejor prueba.

Sí. El aumento no requiere el consentimiento del alimentante: si la prueba demuestra el cambio de circunstancias, el juez lo decreta por sentencia, que es obligatoria y se puede ejecutar con retención de sueldo y apremios en caso de incumplimiento.

Considera primero la mediación obligatoria (semanas) y luego el juicio, que suele tomar algunos meses según la carga del tribunal. La ley permite pedir que el aumento se conceda provisionalmente durante el juicio, para que el tiempo de tramitación no corra contra tus hijos.

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