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El arresto nocturno por incumplir la relación directa y regular es proporcional

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Jurisprudencia · Relación directa y regular

El arresto nocturno por incumplir la relación directa y regular es proporcional

La Corte Suprema: agotadas las multas, el apremio personal por incumplimiento contumaz del régimen de visitas no vulnera el amparo

Corte Suprema (Cuarta Sala)Rol 16.114-201917 de junio de 2019Por Nicolás Ríos-Montt
Corte Suprema (Cuarta Sala)Identidad reservadaRelación directa
Por qué destacamos este fallo

La Corte Suprema valida el arresto nocturno como apremio frente al incumplimiento reiterado y contumaz del régimen de visitas. Lo destacamos porque marca el límite: agotadas las multas, la ley habilita el apremio personal para hacer cumplir la relación del hijo con el otro padre.

En breve

La Corte Suprema ratifica que el arresto nocturno como apremio por incumplimiento reiterado y contumaz del régimen de relación directa y regular es proporcional y legal cuando se han agotado previamente las medidas menos graves. No es un apremio de primera instancia: su procedencia requiere historial de incumplimientos y moras en apremios anteriores. Este fallo opera como base doctrinal para resistir recursos de amparo en contextos de incumplimiento sistemático.

Ficha técnica del fallo

Tribunal
Corte Suprema (Cuarta Sala)
Rol
N° 16.114-2019
Fecha
17 de junio de 2019
Materia
Cumplimiento RDR — Arresto Nocturno — Proporcionalidad — Artículo 66 Ley N° 16.618 y 543 CPC
Resultado La Cuarta Sala rechazó la acción de amparo, confirmando la legalidad del arresto nocturno.

01Antecedentes del caso

La amparada había incumplido reiteradamente el régimen de relación directa y regular fijado judicialmente. Previamente había sido objeto de múltiples multas a beneficio fiscal y se habían remitido antecedentes al Ministerio Público por aplicación del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Ante la persistencia del incumplimiento, el tribunal decretó arresto nocturno por 5 días. La amparada recurrió de amparo.

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02Decisión de la Corte Suprema

La Cuarta Sala rechazó la acción de amparo, confirmando la legalidad del arresto nocturno.

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03Fundamentos jurídicos

La Corte aplicó el artículo 66 de la Ley N° 16.618 en relación con el artículo 543 del Código de Procedimiento Civil: ambas normas habilitan el apremio personal para obtener el cumplimiento de resoluciones de familia, incluido el régimen de relación directa y regular. La resolución fue dictada por juez competente dentro de su esfera de atribuciones. El principio de última ratio del apremio personal queda satisfecho cuando se han agotado las vías menos gravosas: multas y remisión al Ministerio Público. La actitud contumaz de la amparada justificaba la adopción de la medida más intensa. La proporcionalidad se examinó en el contexto de la resistencia sistemática al cumplimiento.

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Nicolás Ríos-Montt
Nicolás Ríos-Montt
Jefe del Departamento de Derecho de Familia · Abogaley®
AbogadoMáster en Psicología Infantil y JuvenilMáster en Psicoterapia Integradora: Apego y Trauma
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Compendio de jurisprudencia importante a nivel nacional y sentencias que hemos obtenido en diferentes tribunales del país.

Análisis de jurisprudencia pública con fines informativos y educativos; no constituye asesoría legal ni garantía de resultados. Fuente: sentencia de la Corte Suprema, Rol N° 16.114-2019.

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