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Cuidado personal del adolescente entregado al padre: la Corte revoca y decide con mérito de autos y relato del curador

Índice de contenido

Jurisprudencia · Cuidado personal

Cuidado personal del adolescente entregado al padre

La Corte revoca y decide con mérito de autos y relato del curador

C.A. de ValdiviaRol 130-20264 de mayo de 2026Por Abogaley®
C.A. de ValdiviaIdentidad reservadaCuidado personal
El resultado que obtuvimos

La resolución de primera instancia mantenía al adolescente en un régimen de cuidado que no reflejaba su realidad ni su voluntad. Obtuvimos que la Corte de Apelaciones de Valdivia la revocara y entregara su cuidado personal al padre, atendiendo a su interés superior y al peso de su propia opinión. El joven quedó donde su desarrollo está mejor resguardado.

En breve

El cuidado personal de un adolescente plantea exigencias particulares que lo distinguen del cuidado de niños de menor edad. La madurez progresiva del joven, su capacidad de expresar preferencias propias y la relevancia que adquiere su vínculo con cada progenitor son factores que los tribunales deben ponderar con especial atención.

Ficha técnica del fallo

Tribunal
C.A. de Valdivia
Rol
N° 130-2026
Fecha
4 de mayo de 2026
Materia
Cuidado personal — Apelación incidental
Origen
Juzgado de Letras y Familia de Panguipulli
Resultado Revoca. Cuidado personal del adolescente entregado al padre.

01Antecedentes del caso

La causa se tramitó ante el Juzgado de Letras y Familia de Panguipulli, el que con fecha 4 de marzo de 2026 dictó la resolución que fue objeto del recurso de apelación. El contenido de esa resolución no se detalla en el fallo de la Corte, pero su revocación permite inferir que mantenía o radicaba el cuidado personal del adolescente en la madre, o bien rechazaba la solicitud del padre de obtenerlo.

Deducida la apelación, la Corte de Apelaciones de Valdivia conoció el recurso y, con fecha 4 de mayo de 2026, emitió su pronunciamiento revocando la resolución y disponiendo que el cuidado personal del adolescente quedara radicado en el padre.

02Elementos que fundan la decisión

La Corte identifica dos fuentes de convicción que sustentan la revocación:

a) El mérito de los antecedentes que obran en autos. La Corte señala expresamente que actúa “atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos”. Esto implica que el tribunal superior realizó una revisión directa del expediente y encontró en él elementos suficientes para concluir que el cuidado personal debía radicarse en el padre.

b) Lo expuesto por la curadora ad litem. El segundo elemento es el relato de la curadora ad litem, figura que en el proceso de familia representa los intereses del menor. Que la Corte mencione expresamente lo expuesto por la curadora como uno de los fundamentos de su decisión indica que su relato fue relevante y coincidió con la conclusión de entregar el cuidado al padre.

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03La figura del adolescente en la decisión judicial

El fallo se refiere al sujeto del cuidado personal expresamente como “el adolescente”, no como “el niño”. El artículo 16 de la Ley N° 19.968 y el artículo 242 del Código Civil reconocen que, a medida que el menor adquiere madurez, su opinión debe ser considerada con mayor peso en las decisiones que le conciernen. En el caso de un adolescente, esa opinión puede ser determinante.

Aunque el fallo no menciona explícitamente la opinión del adolescente, la intervención de la curadora ad litem suele ser el canal a través del cual esa opinión llega al tribunal de manera mediada y evaluada.

04Contraste con jurisprudencia reciente de la C.A. de Valdivia

Este fallo puede leerse en diálogo con otros pronunciamientos recientes de la misma Corte. En la causa Rol N° 263-2024, la Corte revocó el cuidado personal entregado al padre y lo restituyó a la madre, por adoptarse siguiendo la sugerencia del curador sin ponderación autónoma y por existir injerencia paterna en el discurso de los hijos. En la causa Rol N° 241-2026, la Corte revocó un cambio de cuidado al no constatar vulneración de derechos ni inhabilidad materna.

El Rol N° 130-2026 se ubica en el extremo opuesto: aquí la Corte sí acoge el cambio y lo entrega al padre. La diferencia no es ideológica: responde al mérito específico de cada expediente. Lo común es que la Corte revisa activamente el fondo y no se limita a validar lo resuelto en primera instancia.

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05Relevancia jurídica

El fallo aporta dos elementos de interés. Primero, confirma que el padre puede obtener el cuidado personal de un hijo adolescente cuando los antecedentes lo justifican, sin presunciones a favor de uno u otro progenitor (art. 225 del Código Civil, en su redacción vigente desde la Ley N° 20.680). Segundo, ilustra el valor probatorio que la Corte otorga al relato de la curadora ad litem cuando es coherente con los demás antecedentes, a diferencia de casos en que la opinión del curador es el único fundamento.

06Conclusión

La Corte de Apelaciones de Valdivia, en la causa Rol N° 130-2026, revoca la resolución del Juzgado de Letras y Familia de Panguipulli y entrega el cuidado personal del adolescente a su padre, fundándose en el mérito de los antecedentes y en lo expuesto por la curadora ad litem. El fallo reafirma que en materia de cuidado personal de adolescentes la decisión debe responder al interés superior del menor evaluado caso a caso, con independencia de cuál progenitor lo solicite.

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Fallo de una causa real patrocinada por Abogaley®. Identidad de las partes reservada por confidencialidad. Análisis con fines informativos; no constituye asesoría legal ni garantía de resultados. Fuente: sentencia de la C.A. de Valdivia, Rol N° 130-2026.

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