La responsabilidad precontractual obliga a indemnizar los daños cuando una parte rompe negociaciones de mala fe tras generar una expectativa real de que el contrato se firmaría.
En la práctica, ocurre cuando usted invierte tiempo y dinero (por ejemplo, en estudios, asesorías o reservas) y la contraparte se retira sin una razón atendible (motivo o causa real).
Aunque no exista contrato firmado, la ley le permite exigir una indemnización si esa conducta le provoca un perjuicio económico comprobable.
Esta figura se basa en la buena fe objetiva (artículo 1546 del Código Civil) y en el deber de no causar daño a otro (artículo 2314). Por eso, los tribunales han señalado que las negociaciones no son un espacio sin consecuencias: también deben desarrollarse con lealtad y coherencia.
Contar con un abogado para contratos le ayuda a ordenar la negociación desde el inicio, dejar por escrito los acuerdos y puntos pendientes, y evitar problemas legales si el negocio no llega a concretarse.
Requisitos para que exista responsabilidad precontractual en Chile
Si uno de estos elementos no se acredita, el tribunal rechazará la demanda.
| Requisito | ¿Qué significa en lenguaje simple? | ¿Cómo se prueba? |
| Confianza razonable | Usted tenía motivos objetivos para creer que el contrato se firmaría | Borradores, acuerdos parciales, duración de las tratativas |
| Retiro injustificado | La otra parte se retractó sin causa válida | Correos, mensajes, testigos |
| Daño cierto | Existen gastos o perjuicios reales | Boletas, facturas, informes contables |
| Relación causal | El daño proviene directamente de la ruptura | Cronología de hechos y peritajes |
Para una mejor comprensión, en una compraventa inmobiliaria en Puerto Montt o Concepción, si se acuerdan precio y condiciones y luego una parte se niega a firmar la escritura sin un motivo razonable, podría configurarse esta responsabilidad.

¿Qué daños se pueden reclamar?
Se indemniza la pérdida sufrida por confiar en la negociación frustrada.
La regla apunta al interés negativo (interés de confianza). Esto comprende honorarios, estudios técnicos y gastos asociados. Las utilidades esperadas del contrato suelen excluirse.
| Tipo de daño | ¿Se indemniza? | Ejemplo práctico |
| Daño emergente | Sí | Pago de asesorías legales y tasaciones |
| Lucro cesante (ganancia del contrato frustrado) | Generalmente no | Utilidad esperada por la venta |
| Pérdida de oportunidad real | En casos excepcionales | Rechazar otra oferta concreta por confiar en esta |
| Daño moral | Posible, si se acredita | Afectación grave a la reputación |

¿Cómo hacer el trámite judicial?
Si decide demandar, este es el camino habitual:
- Reunir antecedentes: correos, minutas, comprobantes de gastos y cualquier prueba de la confianza generada.
- Acreditar la ruptura de mala fe: demostrar que la contraparte se retiró sin justificación razonable.
- Cuantificar el daño: calcular el interés negativo (gastos y, en su caso, pérdida de oportunidad).
- Presentar la demanda civil: acción de responsabilidad extracontractual ante el tribunal competente.
- Etapa probatoria: rendir prueba documental, testimonial y pericial.
- Sentencia: el tribunal determina si corresponde indemnización.
El plazo de prescripción, conforme al artículo 2.332 del Código Civil, es de cuatro años desde el hecho dañoso.

¿Cómo prevenir conflictos en negociaciones?
- Primero, documente que las conversaciones no son vinculantes.
- Segundo, utilice acuerdos de confidencialidad cuando comparta información sensible.
- Si decide retirarse, comuníquelo por escrito y explique sus motivos.
Si una negociación frustrada le generó pérdidas económicas, no deje pasar el tiempo ni asuma el costo sin evaluar sus derechos. En Abogaley analizamos su caso con criterio jurídico y experiencia en litigios civiles a nivel nacional.
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