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¿Se puede dejar sin herencia a un hijo en Chile?

Índice de contenido

Por regla general, nuestro ordenamiento jurídico no permite excluir a un descendiente libremente debido a su estatus intocable de “heredero forzoso”; sin embargo, sí, se puede dejar sin herencia a un hijo en Chile, pero solo bajo causales muy graves establecidas por ley: agresiones físicas, injurias severas o abandono en estado de demencia, entre otras. 

El proceso requiere dos pasos: primero, el testador debe invocar y plasmar la causal en un testamento formal ante notario; segundo, tras su fallecimiento, los co-herederos deben probarla ante un tribunal para que el desheredamiento sea definitivo.

La planificación del patrimonio familiar es un terreno jurídico altamente sensible donde no caben las decisiones impulsivas ni los documentos redactados sin asesoría.

A menudo, las fracturas irremediables en las relaciones familiares empujan a los padres a buscar mecanismos para proteger el fruto de su trabajo, surgiendo la legítima inquietud de si se puede dejar a un hijo sin herencia en Chile para evitar que dilapiden los bienes.

En Abogaley, con un historial de casi 19 años de experiencia en litigación estratégica y más de 1.400 causas tramitadas exitosamente, abordamos estos conflictos apoyándonos en la doctrina civil más rigurosa. A continuación, nuestros litigantes desglosan las barreras legales y la anatomía del desheredamiento.

¿Es obligatorio dejar herencia a los hijos en Chile?

Para responder desde la dogmática jurídica estricta, sí, es obligatorio dejar herencia a los hijos bajo la estructura de las “asignaciones forzosas”. El legislador chileno impide la libertad testamentaria absoluta. Usted no es libre de regalar el 100% de sus bienes raíces o cuentas bancarias a un tercero extraño a la familia.

El patrimonio de una persona se divide matemáticamente por ley. La mitad de todo lo que usted posee (conocida como la “mitad legitimaria”) pertenece de pleno derecho a los legitimarios: sus hijos, el cónyuge sobreviviente o, en su defecto, los ascendientes.

Cualquier cláusula en un documento notarial que intente vulnerar esta cuota sin justificación legal será atacada por los abogados de familia mediante una acción de reforma de testamento.

escritorio con papeles sobre abogados de familia

Causales legales para desheredar a un hijo en Chile

El desheredamiento (o exheredación) es la máxima sanción civil existente. No basta con el simple alejamiento afectivo. Para anular la legítima de un hijo, el artículo 1208 del código civil exige que se configure y se deje por escrito en el testamento una de las siguientes causales taxativas:

  1. Por injuria grave: Haber cometido actos de violencia física o moral graves contra el testador, su cónyuge o sus padres.
  2. Por omisión de socorro: Haber abandonado al testador cuando este se encontraba en estado de demencia o destitución económica extrema, teniendo el hijo los medios para auxiliarlo.
  3. Por coacción testamentaria: Haber usado la fuerza o el engaño para obligar o impedir al testador redactar su testamento libremente.
  4. Por matrimonio ilícito: Haberse casado sin el consentimiento legal requerido (cuando el hijo era menor de edad).
  5. Por condena penal: Haber sido condenado por delitos que merezcan pena aflictiva (más de 3 años y un día) o por abandonarse a vicios que destruyan su vida.

¿Cuándo un hijo no tiene derecho a herencia?

La materialización procesal de cuando un hijo no tiene derecho a herencia es un proceso que consta de dos fases críticas:

Primero, en vida, el testador debe redactar un testamento señalando con nombre y apellido al hijo excluido e invocando la causal específica de la ley.

La segunda fase ocurre tras el fallecimiento. La cláusula testamentaria por sí sola no es mágica ni automática. Si el hijo desheredado impugna el documento, el equipo legal del estudio, con litigantes expertos deberá demostrarle al juez civil que la causal era real.

Solo cuando el tribunal emite una sentencia firme ratificando los hechos, es cuando un hijo no tiene derecho a herencia de forma definitiva.

Diferencia entre desheredamiento e indignidad para sucesoria

Para estructurar una defensa adecuada en tribunales civiles, es vital no confundir estas dos instituciones puesto que el desheredamiento se considera un acto involuntario y la indignidad es directamente una sanción. Detallamos sus diferencias aquí:

Criterio legal

Desheredamiento (art. 1207)

Indignidad sucesoria (art. 968)

Fuente de la exclusión

Acto voluntario y expreso del testador escrito en vida.

Sanción que impone la ley directamente, sin necesidad de testamento.

Requisito procesal

Exige la redacción de un testamento válido ante notario.

Exige una demanda civil interpuesta por otro interesado tras la muerte.

Naturaleza de las faltas

Injurias graves, abandono en demencia, impedir testar.

Homicidio del causante, atentados contra su vida, ocultar el testamento.

Purga (perdón legal)

El testador puede revocar el testamento para perdonarlo.

Se purga si pasan 5 años de posesión de la herencia sin que nadie demande.

Asegure su voluntad testamentaria con Abogaley

Cometer un error de forma en la redacción de un testamento o en el cálculo procesal de una demanda de desheredamiento puede arruinar su voluntad final.

Además, es crucial advertir que en estas materias los tiempos de reacción son ajustados y, según las normas del código de procedimiento civil chileno, el sábado sí se cuenta para el cálculo de los plazos fatales.

No deje el fruto de su esfuerzo a la deriva. Lo invitamos a conocer más sobre nuestro equipo de trabajo para que se encarguen de su caso. 

Figura de la justicia de color dorado con negro, se destaca la figura legal de la herencia

Contáctenos hoy mismo, nuestros abogados especialistas en herencias se encargarán de blindar jurídicamente su testamento para defender su patrimonio con la agresividad procesal que su caso exige.

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Preguntas frecuentes

Aquí respondemos a las preguntas más frecuentes sobre nuestros servicios legales.

¿No quiero dejar herencia a mis hijos, qué puedo hacer?

Si usted exclama categóricamente “no quiero dejar herencia a mis hijos”, pero estos no han cometido causales graves, la estrategia técnica es reducir su participación al mínimo. Mediante un testamento, usted puede asignar la “cuarta de mejoras” y la “cuarta de libre disposición” (50% de su patrimonio total) a fundaciones, a su cónyuge o a terceros, licuando drásticamente la porción matemática que recibirán los descendientes forzosos.

La pérdida del derecho sucesorio se concreta legalmente cuando se dicta una sentencia judicial firme. Esto ocurre porque el juez civil da por probada la causal de desheredamiento en el testamento, o porque otro heredero logró probar mediante un juicio la “indignidad sucesoria” por actos graves cometidos contra el difunto.

No en su totalidad si existen hijos vivos, puesto que la mitad legitimaria se divide obligatoriamente entre el cónyuge y los hijos. No obstante, nuestros abogados civiles pueden redactar un testamento utilizando las cuotas de libre disposición para otorgarle al cónyuge una ventaja económica abrumadora.

Absolutamente. Si usted intenta donar en vida todos sus bienes o traspasarlos a sociedades ficticias evadiendo la legítima, sus hijos tienen la potestad procesal para interponer acciones de inoficiosa donación o acción de petición de herencia, obligando al tribunal a anular esos traspasos.

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Sobre el autor/a de esta nota

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María Larraín
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Egresada de la Pontificia Universidad Católica de Chile, María Larraín es una destacada especialista en derecho de familia. Su trabajo se caracteriza por un profundo conocimiento de la normativa vigente, una visión humanizada del conflicto familiar y una alta efectividad en procesos judiciales. Ha intervenido en causas de alimentos, cuidado personal, tuición y medidas cautelares, siendo ampliamente valorada por su sensibilidad jurídica y estrategia procesal.

Áreas de especialización

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