Dudas frecuentes
Preguntas de nuestros clientes en Puerto Montt
¿Hay abogados de familia gratis en Puerto Montt?
Sí, para quienes cumplen los requisitos. La Corporación de Asistencia Judicial (en Los Lagos opera la CAJ Biobío) tiene Consultorio Jurídico de Familia en Puerto Montt y presta patrocinio gratuito a quien acredita no poder costearlo, con consultorios también en Calbuco, Puerto Varas, Frutillar, Maullín y Chiloé. La mediación familiar previa es gratuita en los centros licitados. Si ese es su caso, acuda ahí: se lo decimos aunque no nos convenga.
¿Cuánto cobra un abogado de familia en Puerto Montt?
Los honorarios se pactan libremente y dependen de si hay acuerdo o disputa, del número de audiencias, de si hace falta peritaje y de si hay bienes que liquidar. Existen tres formas de cobro: por gestión, por etapas y cuota litis. Nosotros cotizamos por escrito antes de que usted decida, y no damos un precio sin haber revisado el caso.
Vivo en Cochamó, ¿dónde se tramita mi causa?
En el Juzgado de Familia de Puerto Montt (Av. Egaña 1141, Centro de Justicia), que tiene competencia sobre Puerto Montt y Cochamó según la Ley N° 19.968. No necesita viajar: las audiencias se realizan por videoconferencia y nosotros comparecemos por usted.
¿Y si vivo en Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar o Fresia?
Esas comunas tienen su propio Juzgado de Familia, el de Puerto Varas. También lo atendemos ahí: la tramitación es electrónica y las audiencias, por videoconferencia.
¿Tengo que ir a mediación antes de demandar?
Sí, en alimentos, cuidado personal y relación directa y regular es obligatorio según la Ley N° 19.968, y es gratuito en los centros licitados. Solo cuando la mediación fracasa y le entregan el certificado puede presentarse la demanda. El divorcio y las causas de violencia intrafamiliar no requieren mediación previa.
El padre de mis hijos no paga la pensión, ¿qué puedo hacer?
La ley tiene dientes: inscripción en el Registro Nacional de Deudores (Ley N° 21.389), retención de la devolución de impuestos, retención directa por el empleador, arraigo, suspensión de licencia y arresto. Y si el padre no puede pagar, puede demandarse subsidiariamente a los abuelos: la Corte de Puerto Montt lo confirmó en el Rol 75-2025.
Me demandaron por una pensión que no puedo pagar, ¿qué hago?
Acreditar. Las cargas familiares anteriores, las deudas y los ingresos reales pesan si se prueban con documentos. Y revise los plazos: la deuda de alimentos prescribe a los tres años, mes a mes (art. 19 bis de la Ley N° 14.908, aplicado por la Corte de Puerto Montt en el Rol 430-2024). Alegar sin acreditar no sirve.
¿Atienden de forma online?
Sí. Atendemos presencial en Italia 1984, Puerto Montt, y por videollamada desde cualquier comuna de la región. Las audiencias del Juzgado de Familia se realizan por videoconferencia en la mayoría de los casos.
Atendemos en Puerto Montt y Cochamó ante su Juzgado de Familia, en Puerto Varas y su provincia ante el suyo, y en el resto de la región de forma remota.