Crónica del caso · Rol 754-2025 · 19-02-2026
La niña no viaja: la que se traslada es la madre
Una niña vivía en La Serena bajo el cuidado provisorio de su abuelo materno; la madre, en otra ciudad, pedía que la relación directa y regular se cumpliera con traslados de la niña. Defendimos lo contrario.
La Corte acogió el criterio: la distancia geográfica es un factor relevante, y el costo del desplazamiento lo asume el adulto, no el niño. El contacto presencial se realiza en La Serena.
Artículos 229 del Código Civil y 54-2 de la Ley N° 19.968. Leer el análisis completo →